viernes, 8 de noviembre de 2013

Empleados de Ferrosur queman residuos peligrosos sin control

Elmer Leroy/ Tres Valles, Ver.

De manera irresponsable y violando los protocolos enmarcados en la Norma Oficial Mexicana NOM-098-SEMARNAT-2002 de la Protección ambiental-Incineración de residuos, y límites de emisión de contaminantes, empleados de la empresa Ferro-sur realizaron  la quema de unos contenedores de impermeabilizantes denunciaron  vecinos del Barrio de la Cruz.

Los fuertes olores causaron malestar en los habitantes
En la Norma Oficial Mexicana  NOM-052-SEMARNAT-2005,  que establece la clasificación y los listados de residuos peligrosos,  se puede comprobar que la  quema que hizo personal de Ferrosur puso en riesgo la salud de los habitantes por tratarse de un residuo de este tipo sin que hasta el momento las autoridades de ecología del ayuntamiento hayan realizado una investigación con relación a este caso, o lo hayan reportado a la PROFEPA Lo  cual pone en evidencia  la ineficiencia de dicha dependencia ante esta clase de irregularidad.

El director de Protección Civil Municipal Manuel Vicente Abrego Gutiérrez confirmó esta denuncia ciudadana y dijo que en el municipio no se le da seguimiento a esta clase de hechos  además  no se cuenta con el equipo para determinar el grado de contaminación de esta clase de incineración.

“Aquí la gente quema sus residuos sin que nadie les ponga un alto, tenemos la queja de lo que paso con el personal de Ferrosur pero nadie hace nada para  frenarlos”, precisó Manuel Vicente.

La acción cometida por personal de esta empresa que realizó la quema podría ser catalogado como un delito ambiental de acuerdo artículo 141 del Título Vigésimo Quinto de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

Es por ello que los habitantes que resultaron afectados por la quema de residuos que hizo personal de Ferro-sur tienen todo el derecho de acudir al ministerio público a interponer una denuncia en contra de esta empresa.

La Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente es clara en su artículo 113, que manifiesta que no se deben emitir contaminantes a la atmósfera que ocasionen o puedan ocasionar desequilibrio ecológico o daños al ambiente como ocurrió en este caso.

Las llamas fueron captadas por los vecinos de la colonia
Además advierte que en todas  las emisiones a la atmósfera, deberán ser observadas las previsiones de esta Ley y de las disposiciones reglamentarias que de ella emanen, así como las normas oficiales mexicanas expedidas por la Secretaría, cosa que fue ignorada por los trabajadores.

De acuerdo al artículo 189 la ciudadanía puede acudir a poner su denuncia ante la PROFEPA, o a la oficina más cercana del organismo en la zona, para evitar  que acciones de este tipo sean pasadas por alto afirmó el funcionario.


“La gente puede acudir a denunciar esto ante el Ministerio Público por eso existe una Ley de Protección al Ambiente la LGEEPA”, destacó Manuel Vicente Abrego.



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